El texto establece que Carabineros deberá proporcionar a cada uno de sus funcionarios un arma de cargo, la que será de propiedad fiscal y se entregará para su tenencia y porte permanente, dentro y fuera de las reparticiones de la institución.
Por 82 votos a favor, 20 en contra y 3 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados respaldó en general el proyecto que modifica la Ley 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, para autorizar a sus funcionarios el porte permanente de armas de cargo
Actualmente, la ley limita el porte de armas de servicio a situaciones oficiales y dentro del horario laboral. A juicio de los autores del proyecto esto deja un vacío significativo en la protección personal del funcionario fuera de servicio.
En esa línea, la iniciativa señala que, si bien existen disposiciones reglamentarias en la institución, para posibilitar el porte de armas de servicio en horario “de franco”, es necesario que dicha autorización se radique en una norma de mayor jerarquía.
Ello, con el objeto de entregar certeza jurídica respecto de las acciones de funcionarios a los que el Estado mandata, expresamente, ejercer el uso de la fuerza legítima como garantes del deber de mantener el orden y la seguridad de la comunidad en general.
Puntos clave de la ley
- Porte permanente: Los carabineros podrán portar su arma de cargo tanto durante el servicio como en su tiempo libre.
- Arma fiscal: La dotación será de propiedad fiscal, personal e intransferible para cada funcionario.
- Responsabilidad: Cada carabinero será responsable del cuidado y la custodia de su arma de fuego.
- Reglamentación: Se establecerá un reglamento que definirá características, requisitos de uso, custodia y devolución del armamento.
- Motivación: La medida responde a la necesidad de proteger a los funcionarios frente a la delincuencia y a la creciente ola de criminalidad









